¿No está viendo a sus hijos o no le cumplen el régimen de visitas en Santiago? La relación directa y regular se puede fijar, precisar y hacer cumplir ante el tribunal. La mayoría de estos casos se resuelve por una sola razón: un régimen redactado en términos vagos es un régimen que se incumple cada quince días.
Escríbanos contando la edad de los hijos, si hay régimen fijado y desde cuándo no los ve.
Cada una de estas acciones tiene requisitos propios y su propio procedimiento en Santiago.
El padre o madre que no tiene el cuidado personal conserva el derecho a preservar una relación directa y regular con sus hijos. Cuando no hay acuerdo, el tribunal lo fija, y lo que se pide debe ser concreto: días, horarios, quién traslada y qué pasa en períodos especiales.
Muchos regímenes vigentes están redactados en términos tan generales que cada quince días hay una discusión. La solución no siempre es demandar de nuevo: es pedir que se precise con días, horarios, forma de traslado y períodos especiales.
Cuando el régimen fijado no se cumple, se solicita su cumplimiento ante el mismo tribunal que lo estableció. Lo que sostiene la solicitud es el registro documentado de cada incumplimiento, con fechas y forma, no la descripción general del conflicto.
En Santiago el régimen definitivo puede ajustarlo en la sentencia.
En Santiago la modificación se funda en circunstancias nuevas, no en desacuerdos.
En Santiago incluirlos desde el inicio evita volver al tribunal cada año.
En Santiago el régimen que se fija es normalmente más acotado.
En Santiago el régimen debe ser materialmente posible, no solo deseable.
Cuando las entregas del niño son una fuente constante de roce, se puede establecer un punto de encuentro neutro, la intervención de un tercero o reglas concretas de comunicación. El objetivo es que el niño deje de presenciar el conflicto.
En visitas la mayoría de los problemas viene de un régimen mal redactado. Estos son los antecedentes que se revisan en Santiago.
En Santiago lo que se ofrece es un régimen que se pueda cumplir, no una victoria simbólica.
El encargo se define por escrito antes de empezar, incluyendo qué etapas cubre.
El mismo abogado sigue la causa de principio a fin, aunque se extienda por meses.
Coordina, consulta y hace seguimiento por WhatsApp con el abogado, sin pasar por una central telefónica.
Servimos Santiago y comunas cercanas de la Región Metropolitana, ante el tribunal de familia competente.
Indíquenos su situación y si ya hubo mediación, y analizamos el caso con eso a la vista.
La mayoría de los conflictos de esta materia no vienen de mala fe sino de un régimen mal redactado. «Fines de semana por medio» sin más detalle deja abiertas todas las preguntas que después se discuten: a qué hora se retira, quién traslada, qué pasa en vacaciones y quién tiene al niño en las fiestas. Precisar el régimen suele resolver más y costar menos que volver a pelearlo entero.
La acción correcta depende de si existe régimen fijado y de cómo está redactado.
Cuando hay disposición, la mediación posibilita fijar el calendario en semanas, y el acuerdo aprobado por el tribunal vale lo mismo que una sentencia.
El régimen provisorio evita que se consolide una situación de hecho sin contacto.
Documentar cada incumplimiento con fecha es lo que sostiene la solicitud.
En cada consulta en Santiago le decimos si su caso se resuelve acordando, fijando el régimen o pidiendo su cumplimiento. Muchas veces basta con precisar lo que ya existe.
Así se trabaja una causa de visitas acá, desde la primera consulta hasta el cierre.
Escríbanos por WhatsApp contando la edad de los hijos, si hay régimen fijado y su comuna en Santiago.
Se determina si corresponde fijar, precisar, modificar o exigir el cumplimiento.
Se comparece en las audiencias ante el tribunal de familia competente.
Mantenemos el contacto por WhatsApp durante toda la causa, también en los períodos sin movimiento.
Estas son las situaciones con las que más nos escriben. Si reconoce la suya, cuéntenos el detalle por WhatsApp.
En Santiago conviene proponer un régimen viable, no el máximo posible.
En Santiago también se analiza si el régimen era materialmente cumplible.
El régimen dice «fines de semana por medio» y nada más, así que cada quince días hay una discusión sobre horarios, traslados o quién retira. La solución suele ser precisarlo, no volver a pelearlo entero.
En Santiago los períodos especiales son la principal fuente de conflicto anual.
En Santiago el contacto por videollamada se puede regular expresamente.
En Santiago el régimen que se fija suele ser más acotado.
En Santiago se pueden fijar reglas de comunicación entre los padres.
En Santiago cada obligación se exige por su propia vía.
Hay decisiones que toma el tribunal y otras que dependen de usted. Estas son las segundas, y en Santiago pesan bastante.
Regule expresamente el contacto por videollamada cuando hay distancia. Es contacto y se puede establecer.
Pregunte si conviene tramitar asimismo alimentos y cuidado personal. Resolverlo todo junto ahorra meses y costo.
Si los abuelos quedaron fuera del contacto, evalúe la acción propia que les corresponde. Es una vía real.
Concurra a la mediación con una propuesta de calendario concreta. Llegar solo con una posición agota la instancia.
Anote cada incumplimiento con fecha, hora y forma. Es lo que sostiene una solicitud de cumplimiento, y reconstruirlo un año después es imposible.
Guarde copia del acuerdo o la sentencia con su timbre. Sin ese documento no se puede exigir nada.
Servimos Santiago, el casco histórico y centro cívico de la capital. Recibimos consultas de todos los sectores de Santiago —incluyendo el centro histórico, Barrio Yungay, Barrio Brasil y Barrio República— y en comunas cercanas de la Región Metropolitana. Comparecemos ante el tribunal de familia que corresponda según el domicilio del niño, y coordinamos con anticipación las audiencias y mediaciones que se realizan por videoconferencia. Tanto en el centro histórico como en Barrio Yungay, la primera consulta se resuelve por WhatsApp antes de citar a reunión.
Si su caso no es de esta materia, entre por la página general o por la específica que corresponda. Todas atienden Santiago.
Depende de si existe un régimen fijado. Si no lo hay, corresponde demandar la fijación de la relación directa y regular, pidiendo además un régimen provisorio para no perder meses de contacto mientras dura la causa. Si ya existe, se solicita su cumplimiento ante el mismo tribunal que lo estableció.
Es el término legal del régimen de visitas: el contacto del padre que no tiene el cuidado.
Se determina caso a caso. Lo que sí es fijo es que queda por escrito antes de empezar.
Sí, y suele ser la mejor solución. Se puede pedir que el régimen se precise con días, horarios, quién retira y devuelve al niño, y qué ocurre en vacaciones y fiestas. Es más veloz y más barato que demandar de nuevo, y resuelve el conflicto de raíz: un régimen vago es justamente el que se discute cada quince días.
No. Son obligaciones independientes: ni el impago de la pensión justifica impedir el contacto, ni la falta de visitas justifica dejar de pagar. Cada una se exige por su propia vía, y mezclarlas perjudica a quien lo hace, porque el tribunal lo tiene claro y lo pondera.
Sí se puede pedir un régimen provisorio en la misma demanda. No hay que esperar la sentencia.
Se establecen con años alternados y fechas concretas. Es la principal fuente de conflicto anual.
Existe esa vía y se usa poco. El régimen que se fija suele ser más acotado.
Se concentra el contacto en vacaciones y se regula la videollamada expresamente.
Ni forzar ni ignorar. Conviene documentar la situación y plantearla, porque puede haber una causa atendible detrás que corresponde revisar. El tribunal escucha al niño según su edad y madurez, y la negativa sostenida es un antecedente que se pondera con el resto.
Sí. La competencia sigue el domicilio del niño y se confirma antes de presentar.
Mándenos la resolución vigente si la tiene. Con eso se responde en la misma consulta.
Indíquenos si hay régimen fijado y desde cuándo no ve a sus hijos. Le decimos qué acción corresponde.
Escribir por WhatsAppCubrimos toda la comuna de Santiago y su entorno dentro de la Región Metropolitana. La primera consulta se resuelve por WhatsApp.
Aviso: el contenido de esta página es orientación general sobre la relación directa y regular en Chile y no constituye asesoría sobre un caso concreto. El régimen lo fija el tribunal de familia atendiendo al interés superior del niño y a los antecedentes de cada causa, de modo que ningún resultado puede anticiparse. Para su situación en Santiago, escríbanos y la revisamos con los antecedentes a la vista.